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¿Qué impuestos hay que pagar al comprar una vivienda?

¿Qué impuestos hay que pagar al comprar una vivienda?

Vivienda nueva: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)



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Sin duda, comprar una vivienda es una decisión importante. Y como tal es importante conocer todos los pormenores de la operación, entre ellos los gastos que derivan de la compra, relativos a los impuestos que hay que hacer frente.

Una operación en la que no son pocos los flecos que hay que cerrar y de los que nos conviene estar perfectamente informados de cara a no llevarnos sustos finales.

Al precio de la vivienda, hay que sumarle ciertos importes que corresponden a impuestos ineludibles y que hay que abonar. Pero difieren si se trata de la compra de una vivienda nueva o de una vivienda de segunda mano. Veamos qué impuestos son y qué importe suelen tener.

Vivienda nueva: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)


La vivienda de primera mano, es decir aquella es nueva, “a estrenar”, está gravada con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En este caso es importante saber que el tipo impositivo será generalmente del 10% (sobre el precio de la vivienda). Cuando se trata de viviendas protegidas o acogidas a algún régimen especial o bien que pertenezcan a alguna promoción pública, el IVA será del 4%. En cualquier caso, este impuesto podría estar incluido en el precio de compra.

Por otro lado, al adquirir una vivienda nueva, también hay que hacer frente al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), también es competencia de las Comunidades Autónomas fijarlo, por lo que puede variar de una a otra. Puede oscilar entre un 0,5% y un 1,5% del valor de compraventa.

Además, habrá que tener en cuenta que el AJD también se aplicará en el caso de constituir una hipoteca (dando igual si es para vivienda nueva o usada), que se aplica sobre el total del importe de la responsabilidad hipotecaria.


Vivienda usada: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)


Cuando se trate de una compraventa de una vivienda de segunda mano, hay que atender el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el comprador deberá abonarlo y el importe varía según la Comunidad Autónoma en la que se produzca la compraventa. En caso de que no exista una regulación autonómica, la ley establece un porcentaje general del 6%. Aunque como decimos, este impuesto está cedido a las Comunidades Autonómicas, pudiendo éstas aumentar este porcentaje, algunas hasta el 10%.

Además es importante saber que es el propio comprador quien debe liquidarlo, es decir, rellenar el impreso e ingresarlo en el banco en la correspondiente cuenta de Hacienda.


Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)


El pago de este impuesto se da cuando ya se es propietario de la vivienda. Es un impuesto que grava al titular del inmueble. Se paga anualmente y su importe lo define y se calcula en función del valor catastral de la vivienda. Comúnmente a este impuesto se le conoce como “la contribución”. En el momento de la venta del inmueble, el vendedor deberá estar al corriente del pago de este impuesto.

Luego, en la compra de una vivienda, no solo hay que  tener en cuenta el precio del inmueble en sí, sino otros gastos accesorios que hay que hacer frente como los impuestos, que podrían corresponder hasta al 20% del precio final puede corresponder a los impuestos.

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